Beneficios de Sobreviviente del Seguro Social: Guía Completa para Viudas (2026)

Última revisión: 7 de mayo de 2026.

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Acción rápida requerida

Llama a la Administración del Seguro Social al 1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778) lo antes posible después del fallecimiento de tu cónyuge. Puedes ser elegible para un pago único por fallecimiento de $255 y para beneficios mensuales continuos.

¿Quién es elegible para los beneficios de sobreviviente?

Puedes calificar para los beneficios de sobreviviente del Seguro Social si tu cónyuge fallecido trabajó y pagó impuestos del Seguro Social. A partir de 2026, más de 3.8 millones de viudas y viudos reciben estos beneficios.

Requisitos básicos de elegibilidad

Puedes recibir beneficios si:

  • Tienes 60 años o más (50 años o más si tienes una discapacidad que comenzó antes o dentro de los 7 años posteriores al fallecimiento de tu cónyuge)
  • Cualquier edad si estás cuidando al hijo del fallecido que es menor de 16 años o que tiene una discapacidad y recibe beneficios
  • Estuviste casada con el fallecido durante al menos 9 meses (existen excepciones para muertes accidentales o si tuvieron un hijo juntos)

Cónyuges divorciados

Si estabas divorciada, aún puedes calificar si:

  • Tu matrimonio duró 10 años o más
  • No estás casada
  • Tienes 60 años o más (50 o más si tienes una discapacidad)
  • El beneficio que te corresponde según tu propio trabajo es menor que el beneficio que recibirías según el trabajo de tu excónyuge

¿Cuánto puedes recibir?

El monto de tu beneficio de sobreviviente depende de tu edad cuando comiences a recibir los beneficios y del historial de ingresos de tu cónyuge fallecido.

Porcentajes de beneficios por edad

Tu edad al reclamar Porcentaje del beneficio del cónyuge
Plena edad de jubilación (66-67) 100%
60 años 71.5%
62 años 81%
Cualquier edad (cuidando a un hijo menor de 16 años) 75%

El pago único por fallecimiento

Se paga un pago único por fallecimiento de $255 si vivías con tu cónyuge en el momento del fallecimiento, o si no vivían juntos pero estabas recibiendo ciertos beneficios del Seguro Social en el historial del fallecido.

Importante: Límites del máximo familiar

Si varios miembros de la familia son elegibles para recibir beneficios, el monto total pagado a todos los miembros de la familia se limita al 150-180% del beneficio del trabajador fallecido. Esto se llama "máximo familiar". Si el total excede este límite, el beneficio de cada persona se reducirá proporcionalmente.

Trabajar mientras recibes beneficios

Si eres menor de la plena edad de jubilación y continúas trabajando mientras recibes beneficios:

  • Límite de ingresos de 2026: $22,320 por año (los beneficios se reducen $1 por cada $2 que ganes por encima de este límite)
  • En el año en que alcanzas la plena edad de jubilación: se aplica un límite de $59,520 por año hasta el mes en que alcanzas la plena edad de jubilación
  • Después de la plena edad de jubilación: No hay límite de ingresos

¿Cuándo deberías solicitarlos?

Solicítalos lo antes posible después del fallecimiento de tu cónyuge. A diferencia de los beneficios de jubilación, que pueden pagarse de forma retroactiva hasta por 6 meses, los beneficios de sobreviviente tienen reglas de tiempo específicas.

Consideraciones clave sobre el tiempo

Consejo estratégico: Si eres elegible tanto para los beneficios de jubilación según tu propio historial laboral como para los beneficios de sobreviviente, puedes elegir tomar un beneficio primero (posiblemente a una tasa reducida) y luego cambiar al otro beneficio más adelante a su valor total. Esto se llama estrategia de "solicitud restringida".

Ejemplo de estrategia:

  1. Si tu propio beneficio de jubilación fuera mayor que tu beneficio de sobreviviente, considera tomar el beneficio de sobreviviente temprano (tan pronto como a los 60 años)
  2. Luego cambia a tu propio beneficio de jubilación a los 70 años, cuando alcanza su valor máximo
  3. Consulta con un representante del Seguro Social para determinar la mejor estrategia para tu situación

Cómo solicitar los beneficios de sobreviviente

Paso 1: Reporta el fallecimiento

Si la funeraria no lo reporta, debes comunicarte con el Seguro Social para reportar el fallecimiento de tu cónyuge. Esto evita pagos en exceso y posibles complicaciones.

Paso 2: Reúne los documentos requeridos

Antes de solicitar, reúne estos documentos:

  • Prueba del fallecimiento (ya sea de la funeraria o el certificado de defunción)
  • Tu número de Seguro Social y el número de Seguro Social de tu cónyuge fallecido
  • Tu certificado de nacimiento
  • Tu certificado de matrimonio
  • Los formularios W-2 de tu cónyuge o la declaración de impuestos por trabajo por cuenta propia del año más reciente
  • Si reclamas según una discapacidad: prueba de la discapacidad
  • Los números de Seguro Social y certificados de nacimiento de los hijos dependientes
  • La información de tu cuenta bancaria para el depósito directo

Paso 3: Solicita

No puedes solicitar los beneficios de sobreviviente en línea. Debes:

Horario telefónico

De lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 7:00 p.m. Mejor momento para llamar: entre semana, más tarde en el día o más avanzado el mes.

Paso 4: Completa la solicitud

Deberás completar el Formulario SSA-10 (Solicitud de Beneficios de Viuda o Viudo). El representante te ayudará durante este proceso.

Paso 5: Espera la decisión

El procesamiento normalmente tarda de 30 a 60 días. Si se aprueba, los beneficios suelen comenzar el mes después de que solicitas, pero pueden ser retroactivos según tu situación.

¿Qué pasa si vuelves a casarte?

El impacto de volver a casarte depende de tu edad:

  • Antes de los 60 años (o de los 50 si tienes una discapacidad): No puedes recibir beneficios de sobreviviente mientras estés casada
  • A los 60 años o más (o a los 50 si tienes una discapacidad): Tu nuevo matrimonio no afectará tu elegibilidad para los beneficios de sobreviviente
  • Si tu nuevo matrimonio termina: Puedes volver a solicitar los beneficios de sobreviviente según el historial de tu primer cónyuge

Nota importante

Si vuelves a casarte después de los 60 años (o de los 50 si tienes una discapacidad), tienes la opción de solicitar beneficios según el historial laboral de tu cónyuge actual o el de tu cónyuge fallecido anterior, el que ofrezca el beneficio más alto.

Preguntas frecuentes

¿Puedo recibir tanto mis beneficios de jubilación como los beneficios de sobreviviente?

No, no puedes recibir ambos en su totalidad. El Seguro Social pagará el mayor de los dos montos. Sin embargo, puedes usar una estrategia de reclamo para maximizar los beneficios de por vida tomando uno temprano y cambiando al otro más adelante.

¿Los beneficios de sobreviviente cuentan como ingresos para los impuestos?

Sí, los beneficios de sobreviviente están sujetos al impuesto federal sobre la renta bajo las mismas reglas que los beneficios de jubilación. Hasta el 85% de tus beneficios puede estar sujeto a impuestos según tus ingresos totales.

¿Qué pasa si mi cónyuge trabajaba por cuenta propia?

Las personas que trabajan por cuenta propia pagan los impuestos del Seguro Social a través de sus declaraciones de impuestos. Siempre que tu cónyuge haya contribuido al sistema, eres elegible para los beneficios de sobreviviente.

¿Los hijos pueden recibir beneficios?

Sí, los hijos solteros pueden recibir beneficios de sobreviviente si:

  • Son menores de 18 años (o hasta los 19 años si todavía están en la escuela secundaria a tiempo completo)
  • Tienen 18 años o más y una discapacidad que comenzó antes de los 22 años

Cada hijo puede recibir hasta el 75% del beneficio del padre o la madre fallecida, sujeto al máximo familiar.

¿Qué pasa si también recibo una pensión por un trabajo no cubierto por el Seguro Social?

Tus beneficios de sobreviviente pueden reducirse por la Compensación de Pensión Gubernamental (GPO) si recibes una pensión de un empleo en el gobierno federal, estatal o local donde no pagaste impuestos del Seguro Social.

Estima tus beneficios de sobreviviente

Usa nuestra calculadora para obtener una estimación aproximada de tus posibles beneficios de sobreviviente. Para un cálculo preciso, comunícate con la Administración del Seguro Social.

Usar la calculadora de beneficios

¿Necesitas ayuda?

Administración del Seguro Social: 1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778)

Horario: De lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 7:00 p.m.

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